Existen normas europeas y nacionales que se deben respetar cuando se tienen o instalan puertas para garajes, industriales o comerciales. Esa normativa incide especialmente en la seguridad y otros puntos importantes.

Normativa europea para puertas de garaje, industriales y comerciales

Desde el 1 de noviembre de 2017 tenemos nueva directiva de la UE; se trata de la UNE-EN 13241:2004+A2:2017 que sustituya a la ENE-EN 13241:2004+A1:2011.

Para lo relacionado con resistencia al fuego y humos encontramos todo lo necesario en la Norma EN 16034.

En cuanto a las puertas peatonales tienen su propia norma: EN 16361.

Aquellas puertas que se instalaron con posterioridad al año 2005 deben disponer, de todas las medidas de seguridad exigidas, por lo que no deberían necesitar ningún tipo de adaptación.

Pero para las que fueron instaladas con anterioridad a esa fecha y se aplique alguna modificación de importancia sí que deben adoptar esta normativa.

También tendrán que ser marcadas con el sello CE por el fabricante o instalador que realice esa modificación.

Digamos que desde 2005 la documentación que es necesario tener es la siguiente:

  • Factura en la que se especifiquen los elementos que se han instalado.
  • La marca CE fijada en la puerta.
  • La declaración de conformidad que debe ir sellada y firmada.
  • El manual de uso y mantenimiento.

Normativa para puertas industriales

¿Qué se puede entender como “modificación importante”?

En la normativa se especifica qué modificaciones tienen esa consideración:

  • Modificar la masa de la puerta.
  • Modificación en el tipo de puerta.
  • Cambio de motor por otro diferente.
  • Instalar nuevos equipos de seguridad, como paracaídas, sistemas anti aplastamiento, etc.
  • Cambio de cuadro por otro distinto.
  • Transformar una puerta manual en automática.
  • Sustituir a agregar componentes que afecten a la seguridad de la puerta.

En qué consiste el marcado CE y otras normativas

Se trata de un certificado para productos en construcción como son las puertas de garaje, industriales y comerciales y constituye uno de los requisitos esenciales para poder comprar y vender en Europa y a nivel estatal.

También es obligatorio llevar a cabo un mantenimiento obligatorio para las puertas de garaje, industriales y comerciales.

Desde el 1 de noviembre de 2017 son necesarios los siguientes documentos para que la normativa se aplique correctamente:

  • EN 418 sobre seguridad de las máquinas.
  • En 1037 Prevención de una puesta en marcha intempestiva.
  • ENV 1991-2-4 Sobre bases de proyecto y actuaciones en estructuras. En la parte 2-4 Acciones en estructura. Acciones del viento.
  • EN 12424-2000 Resistencia a la carga de viento.
  • EN 12425 Resistencia a la penetración del agua.
  • EN 12426 Permeabilidad al aire.
  • EN 12427 Permeabilidad al aire. Métodos de ensayo.
  • EN 12428 Aislamiento térmico. Requisitos para calcularlo.
  • EN 12433-1 Terminología Parte 1. Tipos de puertas.
  • EN 12433-2 Terminología Parte 2. Componentes de puertas.
  • EN 12444 Resistencia a la carga de viento. Ensayos y cálculo
  • EN 12635:2002 Instalación y uso de puertas industriales, comerciales, de garaje y portones.
  • EN 12978:2003 Dispositivos de seguridad para puertas motorizadas. Requisitos y métodos de ensayo

Todas estas disposiciones afectan a las puertas industriales, comerciales de garaje y portones.

  • EN 12445:2000 Métodos de ensayo en seguridad de puertas motorizadas.
  • EN 12453:2000 Requisitos para la seguridad en puertas motorizadas.
  • EN 12489 Resistencia a la penetración del agua. Métodos de ensayo.
  • EN 12604:2000 Aspectos mecánicos. Requisitos.
  • EN 12605:2000 Aspectos mecánicos. Métodos de ensayo.
  • EN 60204-1:1997 Seguridad y equipo eléctrico de las máquinas Parte 1. Requisitos generales. IEC 60204-1:1997
  • EN 61000-6-2 Compatibilidad electromagnética. Parte 6-2 Inmunidad en entornos industriales.
  • EN 61000-6-3 Normativa de emisión en entornos residenciales, comerciales y de industria ligera.
  • EN ISO 140-3 Acústica. Evaluación de aislamiento acústico al ruido aéreo de los elementos de construcción.
  • EN ISO 717-1 Parte 1 Aislamiento a ruido aéreo.
  • EN ISO 12567-1 Comportamiento térmico de puertas y ventanas. Transmitancia térmica por el método de caja caliente. Parte 1: Ventanas y puertas.

Normativa para puertas peatonales

Ya hemos dicho que se rigen por la norma UNE-EN 16361:2014.

Existen unas normas de ensayo UNE para este tipo de puertas:

  • UNE-EN 13049:2003. Ventanas. Impacto de cuerpo blando y pesado. Método de ensayo, requisitos de seguridad y clasificación.
  • UNE-EN 1027:2017. Ventanas y puertas. Estanqueidad al agua. Método de ensayo.
  • UNE-EN 12211:2017. Ventanas y puertas. Resistencia a la carga de viento. Método de ensayo.
  • UNE-EN 1026:2017. Ventanas y puertas. Permeabilidad al aire. Método de ensayo.
  • UNE-EN 12207:2017 Ventanas y puertas. Permeabilidad al aire. Clasificación.
  • UNE-EN 16005:2013. Puertas automáticas peatonales. Seguridad de uso. Requisitos y métodos de ensayo.
  • UNE-EN ISO 10077-1:2010. Comportamiento térmico de ventanas, puertas y persianas. Cálculo de la transmitancia térmica. Parte 1: Generalidades
  • UNE-EN ISO 10077-2:2012. Prestaciones térmicas de ventanas, puertas y persianas. Cálculo del coeficiente de transmitancia térmica. Parte 2: Método numérico para los marcos
  • UNE-EN ISO 10140-2:2011. Acústica. Medición en laboratorio del aislamiento acústico de los elementos de construcción. Parte 2: Medición del aislamiento acústico al ruido aéreo.
  • UNE-EN ISO 717-1:2013. Acústica. Evaluación del aislamiento acústico en los edificios y de los elementos de construcción. Parte 1: Aislamiento a ruido aéreo.

Podemos encontrar una serie de directivas europeas como:

  • Reglamento Europeo de los Productos de Construcción (Reglamento UE N° 305/2011)
  • Directiva 2006/42/CE de Máquinas, transpuesta a legislación nacional por Real Decreto 1644/2008.
  • Directiva de Baja Tensión 2014/35/UE.
  • Directiva de Compatibilidad Electromagnética 2014/30/UE.
  • Directiva de Equipos Radioeléctricos 2014/53/UE.

Reglamentación:

  • CTE / DB SUA: Código Técnico de la Edificación / Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad. Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento. Apartado 1.2, puntos 3 y 4.

Norma española para la instalación, uso y mantenimiento de puertas peatonales:

  • UNE 85121:2010 EX. Puertas peatonales automáticas. Instalación, uso y mantenimiento.

Informes del ministerio de industria sobre requisitos de marcado CE

El Ministerio de Industria informa que desde el 1 de noviembre de 2019 se aplica la NORMA UNE-EN 16034:2014 para puertas cortafuego.

También hace distinción entre puertas manuales y puertas motorizadas. Concretamente dice en su informe que las puertas motorizadas fabricadas a partir del 1 de enero de 1995 deben contener el marcado CE y la Declaración de Conformidad por parte del fabricante, debido a que se aplica la Directiva de Máquinas (89/392/CEE).

Los fabricantes de puertas deben cumplir dos directivas:

  • Directiva de Baja Tensión 2014/35/UE que se aplica a componentes.
  • Directiva para Equipos Radioeléctricos 2014/53/UE.

Respecto a las Prestaciones a declarar para puertas nuevas para su uso en establecimientos o edificios, se deben cumplir algunas prestaciones:

  • Para puertas de movimiento vertical: Apertura segura.
  • Para puertas motorizadas: Resistencia mecánica y estabilidad y fuerzas de maniobre.
  • Para la clase puertas que proceda: Resistencia al viento.

El fabricante de puertas motorizadas debe cumplir con el Reglamento de Productos de Construcción (RPC), la Directiva de Compatibilidad Electromagnética (DCEM), emitiendo la documentación que se exige en estas directivas.

En lo que respecta a la Modificación de puertas ya Instaladas hay una ampliación en este informe:

  • En reparaciones y modificaciones menores no es preciso someter a la puerta a una nueva evaluación de conformidad.
  • Si hay modificaciones sustanciales es necesario hacer una reevaluación de conformidad de la puerta, de acuerdo con la Directiva de Máquinas.
  • Para puertas cuya instalación se haya realizado hace más de 10 años y que no tengan copia de la declaración de prestaciones o la declaración de CE, deberán someterse a una reevaluación de conformidad, según la Directiva de Máquinas, quedando exentas aquellas que se hayan instalado antes del 1 de enero de 1995, debido a que no se aplicaba ninguna normativa.

Los propietarios de las puertas deben hacer las comprobaciones necesarias sobre información del producto y documentación que deben solicitar al fabricante, cuando se compre una puerta nueva.

Para las puertas motorizadas de garaje operadas por control remoto, son de aplicación el Reglamento de Productos de Construcción (RPC), la Directiva sobre Máquinas (DM) y la Directiva de Compatibilidad Electromagnética (DCEM).

El informe del Ministerio de Industria en su Anexo 5 habla sobre las Tareas y Obligaciones de los Agentes Económicos, como el fabricante, representante autorizado, importador, distribuidor y quien presta servicios logísticos.

Aradock como distribuidor del fabricante de puertas Hörmann cumple con todas las normativas vigentes y garantiza sus productos. Consúltenos y comprobará nuestros estándares de calidad.